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Caso Emilia Uscamayta Curi: dieron penas de entre 3 y 4 años a los empresarios juzgados

Los jueces dictaron el fallo contra Carlos Bellone, Raúl García, Santiago Piedrabuena y Gastón Haramboure. La joven murió en una fiesta ilegal en Romero.

Caso Emilia Uscamayta Curi: dieron penas de entre 3 y 4 años a los empresarios juzgados

Los jueces Ernesto Domenech, Santiago Paolini y Andrés Vitali dieron a conocer las penas contra Carlos Bellone, Raúl García, Santiago Piedrabuena y Gastón Haramboure, los cuatro empresarios acusados por la muerte de Emilia Uscamayta Curi, la joven de 28 años que falleció en una fiesta ilegal en una casaquinta de Melchor Romero el 1 de enero de 2016.

García, Bellone y Piedrabuena recibieron una condena de 3 años de prisión condicional. Harambure fue condenado a 4 años, pero como llegó con detención al juicio se dio por compurgada la sanción, así que ordenaron la excarcelación. Todos ahora están impedidos de organizar eventos masivos por 10 años.

“Condenar a Carlos Bellone, Raúl Ismael García y Santiago Piedrabuena a la pena de TRES AÑOS DE PRISIÓN DE EJECUCIÓN CONDICIONAL y costas del proceso. La modalidad de esta pena encuentra respaldo en las previsiones del artículo 26 del C.P. porque se trata de la primera condena y no se encuentran buenas razones -ni han sido invocado ni probado por las partes- para justificar la conveniencia de una sanción efectiva”, se explica en los fundamentos del fallo.

“Condenar a Gastón Haramboure a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN con más accesorias legales por el tiempo de la condena y costas del proceso, la que se da por COMPURGADA CON LA PRISION PREVENTIVA que viene cumpliendo. Asimismo, corresponde imponer a la totalidad de los
condenados la inhabilitación especial por el término de diez (10) años para ejercer el derecho de organizar eventos festivos de concurrencia masiva (superior a las diez personas) que requieran habilitación del estado nacional, provincial o municipal”, se agrega.

“Asimismo, corresponde imponer a la totalidad de los condenados la inhabilitación especial por el término de diez (10) años para ejercer el derecho de organizar eventos festivos de concurrencia masiva (superior a las diez personas) que requieran habilitación del estado nacional, provincial o municipal. Todos ellos por resultar autores penalmente responsables del delito de homicidio culposo, en virtud del hecho acaecido el día 1 de diciembre de 2016 en la ciudad de La Plata, en perjuicio de Emilia Eugenia Uzcamayta Curi. Aclaro que la sanción de Haramboure es diferente a las restantes a raíz de los antecedentes condenatorios que detenta y que antes fueran informados”, se detalla también.

Emilia murió ahogada en la pileta de una quinta ubicada en 520 entre 159 y 160 en la que se desarrollaba una fiesta ilegal para recibir el año nuevo.

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