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Pablo Fernández Garaygorta

Los jueces hicieron lugar a uno de los planteos de la defensa. Ambas partes recurrirán a Casación. La víctima tenía 14 años cuando su entrenador se aprovechó de su inexperiencia sexual.

Pablo Fernández Garaygorta, el entrenador de hockey de Las Leoncitas que fue juzgado por “abuso sexual gravemente ultrajante” contra una menor que entrenaba en un club de la localidad de Brandsen fue absuelto y recuperó la libertad. Los jueces del Tribunal Oral Criminal III de La Plata no hicieron lugar al planteo de la acusación y sí coincidieron con la defensa que había solicitado que el caso sea encuadrado como “estupro” y que en ese marco se debería dictar la absolución ya que el delito estaba prescripto al momento de realizarse la denuncia del caso.
“Los jueces tuvieron acreditado por unanimidad que los hechos ilícitos denunciados existieron y que Pablo Fernández Garaygorta, alias “Pacu”, es el autor de esos hechos. Encuadraron el ilícito en el artículo 120 del Código Penal, que tiene una pena máxima de seis años de prisión”, explicó Sofía Caravelos, abogada de la víctima quien dio detalles técnicos del motivo de la prescripción: “Dado el tiempo transcurrido desde los hechos hasta que se citó al imputado a declaración indagatoria y no estando aún vigente la Reforma del Código Penal conocida como ‘Ley Piazza’ el hecho se consideró prescripto”.
Fuentes judiciales confirmaron a un portal local de noticias que tanto la Fiscalía como la víctima de los hechos “solo apelarán la calificación a partir de la cual surge la prescripción, dado que los hechos y autoría se encuentran probados”.
Quien también recurrirá la sentencia será la defensa a cargo de los abogados Julio Beley y Bruno Strassera por entender que no existieron abusos por parte de su asistido ya que “hubo consentimiento” por parte de la entonces menor de edad. Ella tenía 14 años y el 36.
Los jueces, por unanimidad, concluyeron que “Pablo Fernández Garaygorte mantuvo una relación de contenido sexual” con la joven “desde los 14 a los 16 años de edad de la joven, siendo que el imputado era 22 años mayor” que ella “aprovechando su inexperiencia sexual, la confianza y la cotidianidad del vínculo que los unía, la relación de preeminencia asimétrica entre la víctima y el imputado, y la vulnerabildad en que se encontraba la joven por dificultades familiares”.
Para los magistrados, “estas acciones fueron realizadas con pleno conocimiento de dichas circunstancias por el sujeto mayor de edad (siendo Fernández allegado de la familia y docente en la escuela propiedad de la familia de V.) e inequívocamente destinadas a la realización del tipo penal asignado”.
Andrés Vitale, Ernesto Domenech y Santiago Paolini, jueces del Tribunal Oral Criminal III de La Plata – Foto: AGLP

Sobre Fernández Garaygorta pesaba un duro pedido de condena más la quita de arresto domiciliario. La fiscal de juicio Leila Aguilar tras analizar toda la prueba requirió a los jueces que impongan una sentencia de 12 años de prisión y que Pacu, tal como se lo conoce en la comunidad, cumpla lo que resta de condena en una cárcel común.
La representante del Ministerio Público encuadró el caso como “abuso sexual gravemente ultrajante agravado por ser el encargado de la educación en concurso ideal con corrupción de menores agravado por ser perpetrado por su educador”.
Tras analizar toda la prueba el tribunal dio por acreditado que “por lo menos desde el 22 de septiembre de 2004”, fecha en que la víctima cumplió sus 14 años y hasta el 22 de septiembre del 2016, en que la joven tenía 16 años, “una persona 22 años mayor que ella que se desempeñaba como profesor de hockey del Club Atlético y Progreso de la ciudad de Brandsen, aprovechó la inexperiencia sexual” de la joven “sus problemas de salud, la falta de contención que detentaba la misma producto de los conflictos familiares que sucedían en esa época en el seno de su hogar por infidelidades y su inmadurez sexual para vincularse sexualmente con misma”.
Laila Aguilar, fiscal de juicio de La Plata – Foto: AGLP
Primero, cuando Victoria tenía 14 años y en circunstancias en que volvía junto con su entrenador de jugar un partido en la ciudad de Lobos, en la caja de carga de la camioneta en la que viajaban, la besó en la boca. Posteriormente, en el interior del domicilio de este hombre, le dio besos en la boca, al tiempo que le decía que estaba enamorado de ella, y que cuando ella cumpliera los 24 años de edad se casarían.
“Frente a estos comportamientos” la adolescente “se sentía contenida, cuidada y querida”. “Al llegar a los 15 años esta persona le regaló un celular a los fines de poder comunicarse con ella a través de mensajes de texto con un código secreto, diciéndole a través de ellos que la quería mucho, pero que no se lo dijera a nadie”.
Para los magistrados, “estos comportamientos abusivos por parte del entrenador continuaron” y fueron más allá hasta que llegó un punto en que la joven sintió “asco” y decidió ponerle fin a esta situación. “Sin perjuicio de lo manifestado, frente al gran cariño que le tenía al profesor, Victoria decidió entregarle cuando festejó su cumpleaños de 15 una vela y lo eligió para que le dé su diploma de egresada en el secundario”.
Sofía Caravelos abogada de la víctima junto a la fiscal Leila Aguilar – Foto: AGLP
La joven declaró en el juicio y los jueces le creyeron. “La angustia vivenciada en su declaración por tramos llorosa, el contexto en que se produjeron los mismos, sumado a las declaraciones testimoniales de sus compañeras de hockey, las extensas horas que pasaban juntos, los entrenamientos aparte que realizaban, la concurrencia asidua a su domicilio, además de lo manifestado por las testigos que manifestaron situaciones similares a las que referenciara” la víctima “y las conclusiones arribadas por las psicólogas de la Asesoría Pericial que la evaluaran me llevan a no dudar de sus dichos”, sostuvo el juez Andrés Vitale, autor de la resolución que fue acompañada por sus pares Ernesto Domenech y Santiago Paolini.
“Por otro lado, se advirtió que no existe animadversión por parte de la víctima hacia el imputado, o un interés de venganza en realizar la denuncia -algo que se quiso probar con resultados infructuosos en el debate-. Por el contrario, ha hecho referencia al cariño que le tenía y que tuvo que realizar dos tratamientos psicológicos para darse cuenta que dicha relación había sido abusiva por la diferencia de edad existente, por su inmadurez sexual y poder llevar adelante la denuncia”, detallaron los magistrados.

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