El Juzgado de Ejecución Penal N°1 de La Plata ordenó la clausura el pabellón de separación del área de convivencia (SAC) del anexo femenino de la Unidad Penal (UP) N°45 de Melchor Romero debido a los malos tratos padecidos por la internas en ese lugar.
Esta resolución del el juez José Villafañe se inscribe en un largo proceso judicial que lleva más de seis años, en el que la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) viene denunciando las “deplorables condiciones de detención y régimen de vida” en las UP 34 y 45 destinadas a alojar personas con padecimientos mentales.
El planteo, ahora atendido por el juez, surgió del monitoreo de lugares de encierro que despliega ese organismo provincial como Mecanismo local de prevención de la tortura. En ese marco, la CPM informó que en junio se relevó la existencia de torturas y otros tratos crueles, inhumanos, degradantes.
La Unidad 45 de Melchor Romero, donde funciona el pabellón de separación del área de convivencia que ordenaron cerrar
Según consta en la denuncia, las mujeres con padecimiento mental son sometidas a un régimen de aislamiento extremo en condiciones materiales de alojamiento inhumanas, que se suman a la falta de abordaje interdisciplinario de los cuadros de salud mental, faltante de medicación psicofarmacológica y falta de atención médica.
El Juzgado de Ejecución en lo Penal N°1 dispuso la clausura e inhabilitación del área de separación y admisión del anexo femenino de esa cárcel y también prohibió el alojamiento o ingreso de personas privadas de libertad al sector.
Asimismo, el magistrado ordenó que se reparen y repongan cerramientos y vidrios en aberturas y ventanas; se repare la caldera para garantizar calefacción en el lugar, se renueven los colchones rotos y que las autoridades competentes adopten medidas “a fin de considerar el tratamiento, diseño, reglamentación, actualización o replanteo de protocolos, estrategias de organización, coordinación, intervención y distribución de actividades tanto en el planteo del trabajo penitenciario y la coordinación del personal de salud penitenciaria, a parámetros de derechos constitucionales y convencionales de derechos humanos específicos -Salud Mental, Mujeres, Adultos Mayores- en especial en cuanto a medidas de aislamiento, contención, disciplina y/o sancionatorio”.
Además, en el informe que tomó en cuenta el juez se reporta que las internas de área del pena se encuentran en celdas individuales, no acceden a ninguna actividad, tienen restringido el uso del celular y ni siquiera comparten espacios comunes con otras detenidas. “El sometimiento a aislamiento de personas con padecimiento mental es una práctica que está prohibida, llegando a equipararse incluso como práctica de tortura por demostrarse que agrava considerablemente los cuadros llegando a poner en riesgo la vida”, explicaro
El abordaje y la medicación fue otro de los ejes de la presentación del organismo: no existe tratamiento con perspectiva de género en el lugar, los agentes del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) no reciben capacitación adecuada para trabajar con mujeres con padecimientos de salud mental y el acceso a los equipos de profesionales está mediado por los agentes. Las mujeres ni siquiera acceden a dispositivos de tratamiento básicos.
Por último, el organismo provincial advirtió por el faltante de medicación y psicofármacos específicos, lo que hace que el equipo de profesionales reemplace por dosis de “lo que hay” y generen descompensaciones en los cuadros de salud mental que muchas veces se desencadenan en momentos donde solo está presente el servicio penitenciario, que intercede de manera violenta generando aún más vulneraciones.
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Ordenaron cerrar el sector de aislamiento de una cárcel de La Plata
El magistrado hizo lugar a una denuncia por el maltrato que sufren las mujeres con padecimientos mentales que están alojadas allí.