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La Comisión por la Libertad de Lucas Puig exige una sanción contra cinco jueces que lo condenaron

“Padre de cuatro hijos pequeños, murió procesado, sin sentencia definitiva después de 14 años de un proceso kafkiano que arruinó su vida”, indicaron.

La Comisión por la Libertad y Absolución de Lucas Puig, el docente de La Plata fallecido hace un mes mientras cumplía su condena por abuso sexual, presentó una denunciar en la Subsecretaría de Control Disciplinario de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, en la que exigen una sanción contra cinco jueces que intervinieron en el expediente.
Hablan de que los magistrados habrían protagonizado infracciones disciplinarias previstas en el artículo 9 de la acordada 3.354. También incluyen a dos jueces de Casación, responsables de validar la situación de culpabilidad de Puig.
“Entendemos que el Tribunal de primera instancia careció de la exigible imparcialidad de los juzgadores, violentando esa garantía constitucional. Resultó, por ende, un proceso incompatible con la presunción de inocencia e inviolabilidad de la defensa, garantías que asisten a toda persona sometida a enjuiciamiento penal”, indicaron.
La Comisión por la Libertad de Lucas Puig presentó una denuncia en la Suprema Corte
Entre otros de los señalamientos, manifiestan que uno de los jueces del TOC 1 fue relator de uno de los magistrados de la Sala V de Casación que votó por la culpabilidad de Puig. También apuntan a que se arribó a esa sentencia condenatoria “a partir de una arbitraria selección de elementos de cargo por sobre los de descargo, evidenciando todo ello un deliberado apartamiento del rol de tercero imparcial impuesto a los magistrados por la normativa citada”.
La Comisión por la Libertad del profesor de música hizo un resumen de cómo fue el proceso judicial y las irregularidades que consideran se cometieron, concluyendo que “el 9 de mayo de 2024 Lucas Manuel Puig, padre de cuatro hijos pequeños, murió procesado, sin sentencia definitiva después de 14 años de un proceso kafkiano que arruinó su vida, su salud y conmovió a familiares, amigos, allegados y a gran parte de la comunidad educativa. Se impone extinción de la acción penal y ya no podrá obtener la declaración de inocencia que merecía”.

Fuente: 0221

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