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En su columna semanal en Código Baires, el abogado Gonzalo Escaray abordó el juicio de Julieta Prandi contra su exmarido Claudio Contardi, a quien la Justicia condenó a 19 años de prisión por encontrarlo culpable de reiterados abusos.
El abogado subrayó que la “novedad” en este caso es que el juicio de abuso sexual se dio contra la expareja de Prandi. “Tiempo atrás, se presumía que existía consentimiento porque son parejas, entonces, prácticamente, las causas no avanzaban“, recordó.
También explicó que los testigos del caso fueron “periféricos” debido a las características del caso, es decir, personas que no se vinculaban directamente con los implicados, sino con su entorno.
A su vez, señaló que, si bien Prandi y su abogado marcaron que tuvo que realizar varias pericias, Escaray lo justificó, ya que “la acusación tiene la carga de la prueba“. Por lo tanto, el único camino para probar la acusación era haciendo las pericias necesarias.
Sobre la sentencia, Escaray marcó que “las penas no tienen que ser ejemplares, tienen que ser justas, y son justas de acuerdo a los hechos“. En estos casos, la pena podría haber sido de 8 a 20 años de prisión, por lo que la condena de 19 años tocó el límite, debido a que los abusos se dieron de manera reiterada, siendo este un agravante a la pena.
Como último punto a desglosar, Escaray habló sobre el planteo subsidiario que realizó la defensa. “Al momento de alegar, yo pido la absolución de Contardi, como abogado defensor, pero subsidiariamente, en caso de que se lo encuentre culpable que se le dé el mínimo de la pena”, expresó.
Para finalizar, el abogado explicó que “El juez está entre lo que dice la defensa y lo que dice la fiscalía. Una de las dos va a tomar. Entonces, el recaudo es, si usted, señor juez, no considera lo que la defensa argumenta y opta por la teoría de la fiscalía, lo que voy a solicitar es que no le dé la pena que pide la fiscalía, sino que dé la mínima”, concluyó.
