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El abogado Gonzalo Escaray puso el foco en una vieja deuda del Poder Judicial: el colapso del fuero penal de La Plata. “Es una problemática que tenemos hace años. “Cuando nos juntamos los penalistas a tomar un café terminamos hablando siempre de lo mismo: el colapso funcional, estructural y edilicio. Todo va unido, y todo deriva en un perjuicio para los ciudadanos”, expresó
Escaray explicó que la semana pasada hubo una reunión entre funcionarios del Poder Judicial, de la Suprema Corte y del Foro Penal, donde se discutió nuevamente la revisión de las prisiones preventivas en el marco del fallo Verbitsky. “Se trató esta cuestión y se revisaron medidas que se tomaron y otras a futuro”, señaló.
Para ilustrar el problema, el abogado relató dos casos recientes. El primero, un juicio por jurados en San Miguel del Monte por tentativa de homicidio en un contexto de violencia de género. “El acusado tenía denuncias previas de su pareja, pero no se lo pudo colocar en el lugar del hecho. El jurado lo encontró no culpable. Estuvo más de dos años detenido. Ahora está libre, pero ya sabemos las consecuencias que van de la mano con eso”, explicó.
El segundo caso fue el de un agente penitenciario acusado de violación por una persona privada de su libertad. “Ni la víctima ni el testigo quisieron ir a declarar al juicio oral. El fiscal no pudo acusar y fue absuelto. Este hombre estuvo dos años y siete meses preso, perdió su trabajo y comenzó a estudiar Derecho desde la cárcel. En todo ese tiempo, las defensas pidieron excarcelaciones, arrestos domiciliarios, salidas para estudiar. Todo fue negado”, detalló.
Escaray cuestionó la inercia del sistema judicial frente a las prisiones preventivas prolongadas. Señaló que muchos fiscales de juicio “reciben una causa ya toda instruida”, pero que cuando la defensa plantea pedidos de excarcelación o morigeración “todo es no”.
Además, insistió: “La prisión preventiva no puede ser utilizada como una pena anticipada. En la mayoría de los casos, la persona va a salir en libertad. Tiene que cumplir una pena justa, pero el proceso no puede ser una condena previa”.

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