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Emergencia en Discapacidad: Castagneto pidió declarar la nulidad “absoluta e insanable” del Decreto 681

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El diputado nacional de Unión por la PatriaCarlos Castagneto, presentó en la Cámara baja un proyecto de resolución para declarar “la nulidad absoluta e insanable” del Decreto 681/2025, mediante el cual el gobierno de Javier Milei promulgó la Ley N° 27.793 de Emergencia en Discapacidad pero postergó su aplicación “hasta tanto el Congreso determine las fuentes de su financiamiento”.

Javier Milei, Guillermo Francos y Mario Lugones no respetan la división de poderes, el principio de legalidad y los derechos fundamentales de las personas con discapacidad. Respeten la Constitución Nacional. Dejen de jugar con la salud del pueblo”, dijo el presidente de Kolina nacional al anunciar su iniciativa en redes sociales.

En los fundamentos de la resolución, el legislador peronista sostuvo que “en cumplimiento del artículo 83 de la Constitución Nacional los proyectos de ley aprobados por recintos del Congreso de la Nación solo pueden ser desechados en forma parcial o total por el Poder Ejecutivo Nacional” y que esa norma es “superior al artículo 5° de la Ley N° 24.629 de Normas Complementarias para la Ejecución del Presupuesto de la Administración Nacional” invocada por el Gobierno para dictar el Decreto 681/2025.

El proyecto subraya, además, que “la Constitución Nacional junto a tratados internacionales con rango constitucional son la ley suprema de la República Argentina” y que “pretender que una norma inferior es superior a las atribuciones que tiene el Congreso de la Nación por mandato de la Constitución Nacional, convierte en nulo e insanable el dictado del Decreto 681/2025”.

Asimismo, el dirigente platense remarcó que la promulgación publicada en el Boletín Oficial el 22 de septiembre de este año con las firmas del presidente Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y el ministro de Salud Mario Iván Lugones “incumple asimismo con inciso del artículo 99 de la Constitución Nacional respeto a la participación en la formación de las leyes al momento de promulgar y publicar las leyes por parte del Poder Ejecutivo Nacional”.

“La Ley N° 27.793 sancionada por el Congreso de la Nación declaró la emergencia en materia de discapacidad, estableciendo un marco de protección reforzada para las personas con discapacidad, en consonancia con tratados internacionales suscriptos por el Estado Nacional”, puntualiza el texto. Y añade que “el Poder Ejecutivo Nacional conforme al artículo 99 inciso 3° de la Constitución Nacional tiene la función de reglamentar y ejecutar las leyes aprobadas por el Congreso de la Nación, no de sancionar o modificar por vía de dictado de un decreto de promulgación de una ley”.

Por último, Castagneto argumentó que “el Decreto 681/2025 padece una nulidad absoluta e insanable al no respetar la división de poderes, el principio de legalidad y los derechos fundamentales de las personas con discapacidad” y que representa “un retroceso inaceptable en materia de derechos humanos”; al tiempo que solicitó a la Cámara baja que trate y apruebe el proyecto para dejar sin efecto el decreto del libertario.

Cabe destacar que la promulgación de este lunes de la Ley 27.793 de Emergencia en Discapacidad – y su simultánea suspensión de parte de la administración mileísta – obtuvo el rechazo de varios sectores. En este contexto avanzan en Diputados pedidos de interpelación y “moción de censura” al jefe de Gabinete de la Nación.

A la solicitud presentada por el bloque de Encuentro Federal se sumó otra concretada en el día de la fecha por legisladores de Unión por la Patria. La citada moción es un procedimiento para exiger al Poder Ejecutivo la responsabilidad política de un hecho al punto de incluir la posible remoción de el funcionario involucrado.

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