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Estuvo cuatro años sin ver a su hija por una denuncia de abuso sexual y fue absuelto en La Plata

Un hombre estuvo privado de su libertad procesado por graves delitos. Un tribunal de La Plata, por unanimidad, lo absolvió. El emotivo reencuentro de padre e hija.

Una dramática historia de dolor y codicia emana de la resolución de un tribunal en La Plata que dictó la libre absolución de un hombre que estuvo cuatro años sin poder ver a su hija luego de lo que aparenta ser una falsa denuncia de abuso sexual. Las identidades se mantendrán en reserva para preservar la intimidad de la niña.
La causa se inició en el año 2020 tras la denuncia presentada por el tío materno de la nena quien acusó a su cuñado de violar a la nena. El acusado estuvo privado de su libertad, pero llegó al juicio oral en libertad, pese a la gravedad de la acusación.
Tras analizar todas las pruebas producidas en el juicio oral, por unanimidad, el Tribunal Oral Criminal (TOC) III de La Plata dictó la absolución del acusado, medida que aún no se encuentra firme ya que la fiscal de juicio está en plazo para recurrir a Casación.
En la absolución de primera instancia los jueces señalaron que la menor, en diversos ámbitos judiciales, aseguró que quería volver con su padre.
Las denuncia de abuso sexual son materia corriente en el fuero Penal de La Plata.
“La niña lo expresó en todas las oportunidades que tuvo, su deseo de ver a su papá” y ese deseo se manifestó “cuando se lo cruzó en la puerta de tribunales al comienzo del debate, lo abrazó y le preguntó dónde estaba este tiempo”. Hacía cuatro años que no se veían.
A los jueces no se les pasó por alto las circunstancias en las que se produjo la denuncia. “El contexto en que se produce la denuncia, es por demás particular y doloroso”.
En la resolución se detalla que la madre de la nena “había fallecido tras agonizar por una enfermedad oncológica, su tío había expulsado de la casa al acusado, a la niña y a un medio hermano que convivía con ellas, que debieron mudarse”.
La menor “se encontraba enferma con problemas gastrointestinales”, su papá “realizaba un tratamiento psiquiátrico para superar la depresión que le causaba la muerte de su esposa, además que la pandemia por el Covid19 impedía que la niña concurriera a la escuela”, pese a ello el acusado nunca se desentendió de la atención de la nena.
Otro dato llamativo que remarcaron los magistrados fueron los “intereses económicos” por parte del denunciante en relación a una vivienda que heredaría la menor “y que surgieron a lo largo del debate, pues adquieren una especial trascendencia en el marco de la denuncia”.
Durante el debate declaró una funcionaria del área de Dirección de Niñez y Adolescencia. Se trata de Cintia Giselle Spinelli quien manifestó en el juicio que “atendía 30 a 50 casos por semana, que recordaba a la menor como una niña trasparente, inocente”, se detalla en la resolución judicial.
Según la testigo su actuación fue acompañar a la nena mientras el tío realizaba la denuncia, y que estando ambas junto con la Alejandra Beatriz Chiodo (abogada del servicio local de Berisso) la niña espontáneamente le manifestó en el patio de la DDI “que el papá la llevaba a dormir a la cama, la manoseaba, se hacía pis la mayoría de las veces. Lo más impactante es que nos manifestó que el líquido era pegajoso”.
“Sin embargo, esta última expresión de la testigo, novedosa hasta momento, pues a lo largo del proceso nunca se mencionó que la niña haya dicho algo sobre ‘un líquido’ y menos ‘que el líquido era pegajoso’, fue una expresión que trajo la profesional al debate, pero que la misma no consignó en ninguno de los informes que elaborara y consta en la causa existente en el fuero de Familia”.
Andrés Vitale, Ernesto Domenech y Santiago Paolini, jueces del Tribunal Oral Criminal III de La Plata – Foto: AGLP

Los jueces señalaron que “en el informe que Cintia Spinelli realizó a mano alzada al momento en que se estaba produciendo la denuncia, dista muchísimo de lo que declaró en debate. Al serle preguntado el porqué de esta diferencia no pudo dar ninguna razón, ni tampoco indició porque no había sido consignado una información tan importante, y solo alegó que seguramente la doctora Alejandra Beatriz Chiodo, hoy fallecida, había remitido esa información al Juzgado de Familia”.
Sin embargo, compulsadas las actuaciones digitalizadas del Juzgado de Familia, incorporadas por lectura al debate, “ningún informe se ha hallado ni de la doctora Alejandra Chiodo ni de Cintia Spinelli que hable de que” la menor “manifestara lo que se trae a colación, ‘un líquido pegajoso’”
Para el TOC III “la única explicación posible es que, como bien sostuviera la profesional, luego de entrevistar a 30 o 50 chicos por semana se halla confundido de niña” confusión “no menor y que puede traer en debate graves consecuencias para una persona que debe ser juzgada”.
Luego de más de cuatro años de proceso el hombre volvió a su vida normal y está en condiciones de revincularse con su hija, luego de lo que aparece como una posible falsa denuncia, situación que fue advertida por la defensa que estuvo a cargo del bloque de abogacía integrado por Santiago Irisarri, Luisina Gliemmo y Justina Briasco.
La resolución judicial lleva la firma de los jueces Andrés Vitali, Ernesto Domenech y Santiago Paolini por la secretaría de Flavia Romina Mazza.

Fuente: 0221

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