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Una por una, las claves del proyecto de Ganancias aprobado en Diputados

Tras la media sanción en la Cámara Baja, la iniciativa que impulsa Sergio Massa se encamina a estar vigente antes de las elecciones generales.

Una por una

La Cámara de Diputados aprobó el martes por la noche y envió al Senado el proyecto de ley de reforma del Impuesto a las Ganancias elaborado por el Poder Ejecutivo, cuya media sanción se obtuvo con el respaldo de 135 legisladores del Frente de Todos, bloques provinciales, la izquierda y los libertarios, entre otros; y 103 votos en contra, en su mayoría de Juntos por el Cambio.

El proyecto de ley crea un nuevo impuesto sobre los ingresos a partir del equivalente a quince salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM) al mes, con una alícuota progresiva sobre el excedente que va de 27% a 35% y se actualiza con el valor del SMVM dos veces por año.

En ese marco, la norma tiene varios puntos principalmente importantes:

  • Crea el nuevo “impuesto cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros”

  • Quienes obtengan los mayores ingresos tendrán derecho a deducir únicamente, en concepto de mínimo no imponible, la suma equivalente a 180 salarios mínimos, es decir quince SMVN al mes

  • A partir de doce SMVN mensuales, se deberá pagar un 27% sobre el excedente

  • Entre más de doce y 36 salarios mínimos, se pagará el equivalente a 3,2 SMVM más un 29% sobre el excedente

  • Entre más de 36 y 60 salarios mínimos, se pagará 10,20 SMVM más un 31% sobre el excedente

  • Entre más de 60 y 84 salarios mínimos, se pagará 17,64 SMVM más un 33% sobre el excedente

  • Para más de 84 salarios mínimos, se pagará 25,56 SMVM más un 35% sobre el excedente

  • Se deberá considerar al comienzo del periodo fiscal el valor del SMVM vigente al 1 de enero de ese año, el cual se actualizará el 1 de julio de cada año fiscal

  • Las retenciones realizadas sobre los mayores ingresos netos percibidos durante el primer semestre del año fiscal se ajustarán considerando el valor del SMVM vigente en julio

  • Cuando se trate de empleados en relación de dependencia que trabajen y jubilados y pensionados que vivan en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el partido de Patagones en la de Buenos Aires, el mínimo no imponible se incrementará en un 22%

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