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“Compre sin IVA”: entra en vigencia la devolución del 21% con tarjetas de débito y QR

El Gobierno oficializó la medida anunciada por el ministro Sergio Massa días atrás y amplió el alcance previsto.

"Compre sin IVA": entra en vigencia la devolución del 21%

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que estará disponible para jubilados, monotributistas y trabajadores registrados con sueldos de hasta $708.000 y permitirá acceder a un ahorro de hasta $18.800 por mes entre octubre y diciembre de este año. La medida entró en vigencia este lunes y no solo alcanza a las compras hechas con tarjetas de débito sino también aquellas que se abonen utilizando los códigos QR de las billeteras virtuales.

El beneficio fue anunciado días atrás por el ministro de Economía de la Nación y candidato presidencial de Unión por la Patria (UxP), Sergio Massa, y quedó oficializado a través de las Resolución General N° 5418 del ente recaudador, publicada el sábado en el Boletín Oficial.

En este marco, el titular de la AFIP, Carlos Castagneto, remarcó que a través del programa “Compre sin IVA” se pretende fomentar el uso de las tarjetas de débito y reducir el uso de efectivo. “Es la medida más progresiva que podemos tomar en materia impositiva. El esfuerzo fiscal se realizará sobre la base de renunciar a otros gastos del Estado”, agregó el funcionario al respecto.

LAS CLAVES DEL “COMPRE SIN IVA”

De acuerdo con lo anunciado y la resolución que oficializó la medida, el programa tiene diez puntos clave:

1. Tope de devolución

La devolución del 21% tiene un tope de reintegro de $18.800 mensuales. Castagneto remarcó que será por persona y no por grupo familiar, por lo que cada integrante de la misma podrá acceder al beneficio por separado.

2. ¿Cómo y cuándo se reintegra el dinero?

La devolución se hará efectiva hasta 48 horas después de la compra, de manera automática y en la cuenta bancaria de la tarjeta de débito asociada.

De acuerdo con la resolución, todas las compras que se realicen hasta las 17 de un día, incluso, serán devueltas a las 24 horas de efectuado el consumo, mientras que las que se hagan después podrán ser acreditadas hasta 2 días más tarde.

3. ¿Quiénes pueden acceder a la devolución del 21% del IVA?

  • 7 millones de jubilados y pensionados con ingresos de hasta $524.754, equivalentes a seis haberes mínimos

  • 2,5 millones de beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH)

  • 2,3 millones de monotributistas de todas las categorías, que no cuenten con otros ingresos

  • 9 millones de empleados en relación de dependencia con ingresos de hasta $708.000 (seis salarios mínimos)

  • 440.000 trabajadores del Régimen del Personal de Casas Particulares

  • Titulares de la Tarjeta Alimentar

  • Titulares del programa Potenciar Trabajo

4. ¿Qué grupo queda afuera de la devolución del IVA?

  • Autónomos

  • Trabajadores registrados con salarios que superen el piso del Impuesto a las Ganancias. En septiembre es de $708.000 y en octubre pasará a ser de $1.770.000

5. ¿En qué comercios se puede comprar?

Para acceder al reintegro del 21%, las compras se deberán realizar en cualquier comercio que venda productos de la canasta básica, como supermercados, almacenes, carnicerías, verdulerías, entre otros.

Castagneto subrayó que estos negocios deberán estar inscriptos en la AFIP y serán identificados con una etiqueta alusiva al programa “Compre sin IVA” para que los clientes puedan identificarlos. El funcionario informó además que el beneficio también aplicará para las compras online abonando con tarjeta de débito.

6. Métodos de pago para acceder a la devolución del IVA

El reintegro se realizará en la cuenta bancaria de la tarjeta de débito que se utilizó para la compra.

La Cuenta DNI del Banco Provincia también estará habilitada para la devolución del IVA del 21% y ya se está evaluando si se aplicará a las billeteras virtuales, aunque desde el lunes ya está contemplado el uso de la tarjeta de débito asociada a una de estas aplicaciones.

7. ¿El beneficio se acumula con promociones bancarias?

La devolución del IVA no es excluyente, ya que se acumula con otras promociones bancarias o de comercios.

8. ¿Qué trámite se debe realizar para acceder al reintegro?

No se debe realizar ningún trámite. Las autoridades indicaron que los reintegros serán automáticos en todos los comercios que vendan productos de la canasta básica alimentaria y estén debidamente registrados en la actividad formal, es decir, inscriptos en AFIP.

9. ¿Qué contribuyentes del monotributo están alcanzados por el reintegro del 21%?

Pueden acceder al tope de reintegro de $18.800 mensuales, 2,7 millones de monotributistas “puros” de todas las categorías, es decir, que no cuenten con otros ingresos.

10. ¿Qué productos se pueden comprar?

El único requisito que tendrá el universo de personas alcanzadas por el programa para acceder al beneficio será que la compra de alimentos y productos que se encuentren en la Canasta Básica.

La lista de productos permitidos:

  • Carnes de vaca, de cerdo, de pescado y de pollo

  • Granos de todo tipo: lentejas, cebada y garbanzos, entre muchos otros

  • Lácteos como quesos, leche y otros

  • Harinas de todo tipo

  • Pan y todos sus derivados, como por ejemplo galletitas

  • Frutas y verduras

  • Aceites y mantecas naturales

  • Condimentos

  • Bebidas alcohólicas y analcohólicas

  • Café

  • Yerba

  • Fiambres y menudencias

  • Productos de higiene personal

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